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¿Cómo solicitar un video?
- ¿Quién puede requerir un video?
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La información recabada con el uso de equipos o sistemas tecnológicos únicamente puede ser remitida a:
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- Ministerio Público
- Autoridad Judicial
- Autoridad Especializada en Justicia para Adolescentes
- Autoridad Administrativa
- ¿A quién debe solicitarse?
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Deberá hacerse el requerimiento, directamente a la Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México, señalando los siguientes datos de identificación:
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- Número de averiguación previa, asunto o expediente.
- Autoridad ante la que se encuentra radicado el asunto.
- Es conveniente indicar: fecha, hora y dirección donde ocurrió el incidente.
- El procedimiento de solicitud de videos se encuentra regulado en los artículos 24 y 31 de la Ley que Regula el Uso de la Tecnología para la Seguridad Pública de la Ciudad de México.
- ¿Puede un particular solicitar el resguardo de un video?
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El particular que requiera un video, podrá, (en tanto solicita a la autoridad realice el requerimiento a la SSP CDMX, o bien, en tanto dicha autoridad haga el requerimiento correspondiente) solicitar a la citada dependencia se resguarde el video, a fin de evitar que las grabaciones se borren del sistema transcurrido el plazo de almacenamiento. Deberá proporcionar los datos de identificación.
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